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Los propietarios pueden protegerse de una disposición de un inmueble a través de una declaración por escritura pública hasta por un plazo máximo de 10 años, con su inscripción en el Registro Público.
Beneficios:
Evita que se transfiera un inmueble sin el consentimiento de sus propietarios, evitando la inscripción de títulos falsificados.
Requisitos:
* El inmueble no debe contar con cargas o gravámenes ni ningún acto de disposición no inscritos de fecha cierta.
* Declaración jurada con firmas certificadas de no contar con cargas, gravámenes y disposición.
* Minuta e indicar el plazo por el que se establece la inmovilización temporal.
* Partida Registral del Predio.
Base Legal:
Resolución N°314-2013-SUNARP-SN