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Para este servicio necesitamos minuta dirigida al Notario, autorizada por abogado; en dicha minuta se consignará los siguientes datos:
* Datos personales del (los) solicitante(s).
* Petitorio o materia de la solicitud.
* Datos exactos del predio que propone afectar.
* Nombres completos de los beneficiarios precisando su parentesco.
* Fundamentos de derecho.
* Indicar los medios probatorios que se adjuntan.
* Fecha
* Firma del otorgante.
* Copia legible del documento de identidad del (los) otorgante (s).
* Documentos públicos (partidas de nacimiento, matrimonio u otros) que acrediten el vínculo con los beneficiarios.
* Certificado negativo de gravamen del predio que se pretende afectar.
* Declaración expresa de no tener deudas pendientes.
Efectuada la calificación de la documentación se procede a la publicación en los diarios (El Peruano y otro de mayor circulación); transcurridos 10 días contados desde de la última publicación se extenderá la Escritura Pública, la misma que deberá ser suscrita por los solicitantes, previa identificación mediante su Documento de Identidad, posteriormente se envían los partes al registro de la propiedad inmueble para su inscripción.