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Constitución de Patrimonio Familiar

Nuestros Servicios

Que requisitos necesitamos?

Para este servicio necesitamos minuta dirigida al Notario, autorizada por abogado; en dicha minuta se consignará los siguientes datos:

* Datos personales del (los) solicitante(s).

* Petitorio o materia de la solicitud.

* Datos exactos del predio que propone afectar.

* Nombres completos de los beneficiarios precisando su parentesco.

21 Constitución patrimonial

* Fundamentos de derecho.

* Indicar los medios probatorios que se adjuntan.

* Fecha

* Firma del otorgante.

Anexos que se deben acompañar a la minuta.

* Copia legible del documento de identidad del (los) otorgante (s).

* Documentos públicos (partidas de nacimiento, matrimonio u otros) que acrediten el vínculo con los beneficiarios.

* Certificado negativo de gravamen del predio que se pretende afectar.

* Declaración expresa de no tener deudas pendientes.

Consulta Rapida de Servicios

    Tramite

    Efectuada la calificación de la documentación se procede a la publicación en los diarios (El Peruano y otro de mayor circulación); transcurridos 10 días contados desde de la última publicación se extenderá la Escritura Pública, la misma que deberá ser suscrita por los solicitantes, previa identificación mediante su Documento de Identidad, posteriormente se envían los partes al registro de la propiedad inmueble para su inscripción.