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Para este servicio necesitamos los siguientes pasos o documentos a seguir:
Acompañar al libro de actas en original, solicitud escrita, precisando si se requiere inscripción en registros públicos.
Especificar claramente las fojas pertinentes del libro que se desea en copia certificada.
De conformidad con lo prescrito por el D.S. 006-2013-JUS, en los de sociedades comerciales o sociedades civiles, la copia certificada deberá ser solicitada por el gerente. En los actos en que se dispongan o graven bienes o se otorguen poderes, el gerente deberá certificar que las firmas de los socios que suscriben el acta son de quienes dicen ser y con ello, se certificará la firma del gerente mediante sistema biométrico.
Una vez certificada la firma, se procederá a la expedición de copias certificadas.
El Notario no asume responsabilidad por el contenido del acta.